Novedades del SAT que entran en vigor en 2026: lo que tu empresa no puede ignorar

Contabilidad Financiera
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Daniella Peñalver

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El 7 de noviembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Paquete Económico 2026, el cual incluye reformas importantes al Código Fiscal de la Federación (CFF) y a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).

Estos cambios buscan fortalecer el control del SAT sobre la autenticidad de las operaciones y reforzar la recaudación en sectores clave como hidrocarburos, tabaco, bebidas y plataformas digitales.

A continuación te explicamos las principales novedades que toda empresa debe conocer y preparar desde ahora.

1. Verificación de identidad: solo el SAT podrá hacerlo

El artículo 17-F se reforma para dejar claro que solo el SAT está facultado para validar la identidad de los contribuyentes, eliminando la posibilidad de que otras instituciones o terceros realicen este proceso.

Esto da mayor certeza jurídica y evita duplicidades, pero también implica que los trámites de alta o renovación deberán realizarse directamente ante el SAT, sin intermediarios.

2. Cancelación o restricción del Certificado de Sello Digital (CSD)

El CSD es esencial para emitir facturas electrónicas, y a partir de 2026 habrá más motivos por los que el SAT puede cancelarlo o restringirlo temporalmente, por ejemplo:

  • Si el contribuyente no desvirtúa la presunción de emitir CFDI falsos. (precepto 49 Bis, fracción VIII, inciso b)
  • Si tiene créditos fiscales impagos y sigue emitiendo facturas cuyo valor total supere cuatro veces el monto del crédito.
  • Si recibe CFDI falsos y no corrige su situación fiscal en 30 días mediante declaraciones complementarias.

Aunque estas medidas son temporales, en la práctica pueden detener por completo las operaciones de una empresa al impedirle facturar.Revisa constantemente tus CFDI emitidos y recibidos y asegúrate de que todos correspondan a operaciones reales.

3. Suspensión o cancelación del RFC

El SAT ahora podrá suspender o cancelar el RFC de un contribuyente cuando:

  • No haya presentado declaraciones, emitido facturas o atendido requerimientos durante tres años consecutivos (suspensión).
  • Las omisiones se mantengan durante cinco años o en caso de fallecimiento (cancelación).

Esto busca “limpiar” el padrón de contribuyentes inactivos y evitar que se usen RFC para operaciones falsas. Si tienes un negocio inactivo, es importante regularizarlo o darlo de baja correctamente.

4. Negativa de inscripción al RFC

El SAT podrá negar el registro de nuevas empresas (personas morales) si alguno de sus socios o representantes está vinculado con contribuyentes que hayan emitido CFDI falsos o tengan créditos fiscales firmes sin garantía (fracción XIV al mismo artículo 27). Si vas a crear una sociedad o abrir una nueva empresa, revisa el historial fiscal de tus socios antes de registrarla.

5. Acceso del SAT en tiempo real a plataformas digitales

El nuevo artículo 30-B obliga a las plataformas digitales (de servicios o contenido) a permitir el acceso en línea y en tiempo real a la información fiscal.

En caso de incumplimiento, el SAT podrá ordenar un bloqueo temporal del servicio (“apagón digital”).Si tu empresa opera o vende en línea, asegúrate de cumplir con las reglas de información y retención de impuestos.

6. Procedimiento exprés para CFDI falsos

El artículo 49 Bis crea un proceso abreviado para detectar y sancionar comprobantes fiscales falsos.

El SAT podrá:

  • Realizar visitas domiciliarias.
  • Suspender el CSD del contribuyente mientras se investiga.
  • Resolver en máximo 24 días hábiles.

La empresa podrá defenderse dentro de los primeros 5 días, por lo que es clave reaccionar rápido ante cualquier notificación del SAT.

7. Uso de herramientas tecnológicas en auditorías

Durante las visitas, la autoridad podrá tomar fotos, videos o grabaciones como evidencia.Esta medida busca transparencia, pero también exige que las empresas tengan su documentación fiscal y operativa en orden en todo momento.

Cambios en el IEPS: aumentos y nuevos gravámenes

Tabacos y nicotina

  • La tasa ad valorem sube de 160% a 200%.
  • Se incorpora una cuota específica por cigarro, que aumentará gradualmente hasta 2030.
  • Se gravan también bolsas y productos con nicotina, aunque las terapias de reemplazo quedan exentas.

Esto impactará directamente a distribuidores, importadores y puntos de venta de productos de tabaco o nicotina.

Bebidas saborizadas y con edulcorantes

A partir de 2026:

  • Las bebidas con azúcar aumentan de $1.64 a $3.08 por litro.
  • Las bebidas con edulcorantes (naturales o artificiales) pagarán $1.50 por litro.

La medida busca desincentivar el consumo de productos con alto contenido calórico, pero también implica ajustes para fabricantes y comercios que deberán actualizar precios, catálogos y CFDI.

Juegos con apuestas, sorteos y videojuegos

  • Los juegos con apuestas subirán su impuesto de 30% a 50%.
  • Se crea un nuevo gravamen de 8% para videojuegos con contenido violento o para adultos, incluyendo descargas y suscripciones.

Las plataformas digitales deberán registrarse ante el SAT, emitir CFDI y retener el impuesto correspondiente.

El Paquete Económico 2026 marca un paso más hacia una fiscalización digital y estricta.

Para las empresas, esto significa mayor vigilancia, pero también mayor responsabilidad en el cumplimiento y la necesidad de fortalecer sus procesos internos.

Más allá de cumplir con las obligaciones fiscales, es importante implementar controles contables y administrativos que aseguren la trazabilidad de cada operación y la correcta emisión de CFDI.

Con herramientas como Microsip, puedes mantener tus operaciones fiscales al día, automatizar tareas críticas y prepararte con anticipación para los nuevos requerimientos del SAT sin complicaciones.

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