Cancelación de facturas

Cancelación de facturas y CFDI 4.0: dudas más frecuentes

Obligaciones Fiscales
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Tabla de contenido

En esta ocasión hemos realizado una lista de las preguntas más frecuentes sobre la cancelación de facturas y CFDI 4.0 que te pueden ser de gran ayuda.

Sabemos que las nuevas reformas fiscales pueden resultar un tanto confusas, y si a esto le agregamos términos técnicos y constantes cambios de fechas por parte del SAT, el resultado es un contribuyente aún más confundido que al principio.

Dudas frecuentas de la cancelación de facturas y CFDI 4.0

A continuación, podrás encontrar un listado de las dudas sobre la cancelación de facturas y CFDI 4.0 más frecuentes:

¿A partir de qué fecha será obligatoria la versión 4.0?

Originalmente la obligatoriedad empezaba a partir del 1 de julio de 2022. Sin embargo, el SAT dio una prórroga, y ahora será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023.

Si emito una factura PPD en versión 3.3 antes del 1 de enero y pagos 2.0 ¿Qué hacer si el pago lo hacen después del 1 de enero?

Si emites una factura con método de pago PPD en la versión 3.3, podrás emitir el CFDI del complemento de pago en la versión 4.0 ya que la versión 2.0 del complemento de pagos es compatible con 3.3 y 4.0.

¿Qué elementos se agregaron para la elaboración de la factura global (al público en general)?

Se deberá indicar la periodicidad, el mes y el ejercicio al que corresponde.

¿Cuáles son los elementos obligatorios que debe incluir la factura en la versión 4.0?

Los elementos a incluir son: nombre, domicilio fiscal del emisor y receptor.

Para la versión 4.0. ¿Es obligatorio que aparezca en las facturas “S.A. de C.V.”?

En la factura electrónica deberás registrar únicamente el nombre de tu receptor o cliente (persona moral), tal como se muestra en la constancia de situación fiscal, sin el régimen societario.

¿Cómo se debe registrar el nombre del receptor?

Se debe capturar con MAYÚSCULAS y tal como viene en la Constancia de Situación Fiscal sin Régimen Societario.

¿Se debe registrar el domicilio completo del receptor?

Únicamente se debe registrar el código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante.

¿Cómo generar complementos de pago para CFDI 3.3 que nos paguen a partir del 1 de enero?

El complemento de pagos es compatible con la versión 3.3. y con la versión 4.0.

Si se hicieron sustituciones anteriores relacionadas a la misma operación, ¿cómo se relaciona el UUID?

Solo se va a relacionar el UUID de la última factura.

¿Cuándo se usa el apartado cuenta de terceros?

Se utiliza cuando se prestan servicios de facturación y cobranza a cuenta de un tercero. En otras palabras, si usas en la versión 3.3 el Complemento Cuenta de Terceros, para la 4.0 debes usar el apartado Cuenta de Terceros.

¿Aún puedo cancelar facturas anteriores?

Se permite la cancelación de facturas de años anteriores al ejercicio 2021 (2020, 2019, 2018…) hasta el 30 de septiembre de 2022

Para poder cancelarlos se deben tomar en cuenta los siguientes puntos según el SAT:

  • Presentar la declaración o declaraciones complementarias correspondientes, dentro del mes siguiente a aquel en que se lleve a cabo la cancelación de la factura.
  • Contar con Buzón Tributario activo.
  • Contar con la aceptación del receptor para realizar la cancelación.
  • Cuando la operación que ampare la factura cancelada subsista, se deberá emitir una nueva factura de acuerdo con las guías de llenado que corresponda.
  • Realizar la cancelación a más tardar el 30 de septiembre de 2022.

¿Qué hago si en la versión 4.0 cancelé un CFDI con motivo 01 y marca error?

Puedes utilizar la clave 02 y tendrás que cancelar un comprobante a la vez.

Ejemplo:

Quieres cancelar la factura (A) con motivo 01, relacionas el folio de la nueva factura (B) que la sustituye pero marca ERROR.

Entonces, procedes a hacer la cancelación con motivo 02, Cancela la Factura A (original) y la Factura B (la que sustituye a la A) selecciona el motivo 02. Se genera la Factura C, la cual, debe incluir la clave 04 “Sustitución de CFDI previos” y el folio fiscal de la Factura A.

Te recomendamos ver en nuestro canal de YouTube un video en donde se aclaran otras dudas relacionadas a la Reforma Fiscal 2022

Esperamos que este artículo haya sido de ayuda, sabemos que como dueño de un negocio, es importante estar al día con las nuevas reformas, pero sobre todo, tener la tranquilidad de que tu empresa cumple con las disposiciones fiscales.

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Motivos de cancelación de CFDI