Cancelación de facturas

Cancelación de facturas y CFDI 4.0: dudas más frecuentes

Obligaciones Fiscales
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Tabla de contenido

En esta ocasión hemos realizado una lista de las preguntas más frecuentes sobre la cancelación de facturas y CFDI 4.0que te pueden ser de gran ayuda. Abordaremos temas como cancelación de facturas 2022, cómo cancelar una factura, motivos de cancelación de facturas, y más.

Sabemos que las nuevas reformas fiscales pueden resultar un tanto confusas, y si a esto le agregamos términos técnicos y constantes cambios de fechas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el resultado es un contribuyente aún más confundido que al principio. Para ayudarte, aquí aclaramos las dudas más comunes.

Dudas frecuentas de la cancelación de facturas y CFDI 4.0

A continuación, podrás encontrar un listado de las dudas sobre la cancelación de facturas y CFDI 4.0 más frecuentes:

¿A partir de qué fecha será obligatoria la versión 4.0?

Originalmente, la obligatoriedad de la versión 4.0 empezaba a partir del 1 de julio de 2022. Sin embargo, el SAT dio una prórroga, y ahora será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023.

Si emito una factura PPD en versión 3.3 antes del 1 de enero y pagos 2.0 ¿Qué hacer si el pago lo hacen después del 1 de enero?

Si emites una factura con método de pago PPD en la versión 3.3, podrás emitir el complemento de pago en la versión 4.0, ya que la versión 2.0 del complemento de pagos es compatible con 3.3 y 4.0.

¿Qué elementos se agregaron para la elaboración de la factura global (al público en general)?

Se deberá indicar la periodicidad, el mes y el ejercicio al que corresponde. Esto es clave para la cancelación de facturas 2022 SAT y asegurar que la factura esté en cumplimiento con las disposiciones fiscales.

¿Cuáles son los elementos obligatorios que debe incluir la factura en la versión 4.0?

Los elementos a incluir son: nombre, domicilio fiscal del emisor y receptor. Es fundamental capturar correctamente el comprobante fiscal digital para evitar errores y facilitar la cancelación de cfdi de ejercicios anteriores si fuese necesario.

Para la versión 4.0. ¿Es obligatorio que aparezca en las facturas “S.A. de C.V.”?

En la factura electrónica deberás registrar únicamente el nombre de tu receptor o cliente (persona moral), tal como se muestra en la Constancia de Situación Fiscal, sin el régimen societario. Esto es importante para evitar problemas al cancelar una factura.

¿Cómo se debe registrar el nombre del receptor?

Se debe capturar con MAYÚSCULAS y tal como viene en la Constancia de Situación Fiscal sin Régimen Societario. Esto asegura que no se cometan errores sin relación al emitir o cancelar facturas.

¿Se debe registrar el domicilio completo del receptor?

Únicamente se debe registrar el código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante. Este dato es esencial en el portal del SAT para garantizar la validez de la factura.

¿Cómo generar complementos de pago para CFDI 3.3 que nos paguen a partir del 1 de enero?

El complemento de pago es compatible con la versión 3.3. y con la versión 4.0. Para cancelar un complemento de pago, debes seguir las mismas directrices aplicables a la versión del CFDI.

Si se hicieron sustituciones anteriores relacionadas a la misma operación, ¿cómo se relaciona el UUID?

Solo se va a relacionar el UUID de la última factura. Esto es crucial para el proceso de cancelación en el SAT, especialmente cuando se requiere la 04 sustitución de los CFDI previos.

¿Cuándo se usa el apartado cuenta de terceros?

Se utiliza cuando se prestan servicios de facturación y cobranza a cuenta de un tercero. En otras palabras, si usas en la versión 3.3 el Complemento Cuenta de Terceros, para la 4.0 debes usar el apartado Cuenta de Terceros. Esta opción es importante en operaciones con terceros para evitar complicaciones fiscales.

¿Aún puedo cancelar facturas anteriores?

Sí, se permite la cancelación de facturas de años anteriores al ejercicio 2021 (2020, 2019, 2018…) hasta el 30 de septiembre de 2022. Aquí es fundamental seguir los motivos de cancelación de cfdi 4.0 que establece el SAT.

Para poder cancelar estas facturas se deben tomar en cuenta los siguientes puntos según el SAT:

  • Presentar la declaración o declaraciones complementarias correspondientes, dentro del mes siguiente a aquel en que se lleve a cabo la cancelación de la factura.
  • Contar con Buzón Tributario activo.
  • Contar con la aceptación del receptor para realizar la cancelación.
  • Cuando la operación que ampare la factura cancelada no se llevó a cabo la operación, se deberá emitir una nueva factura de acuerdo con las guías de llenado que corresponda.
  • Realizar la cancelación a más tardar el 30 de septiembre de 2022.

¿Qué hago si en la versión 4.0 cancelé un CFDI con motivo 01 y marca error?

Puedes utilizar la clave 02 y tendrás que cancelar un comprobante a la vez. Es común que surjan errores como este, y el SAT ha definido pasos específicos para corregirlo, como seleccionar la clave 04 para la sustitución de CFDI previos.

Ejemplo:

Quieres cancelar la factura (A) con motivo 01, relacionas el folio de la nueva factura (B) que la sustituye, pero marca ERROR. Entonces, procedes a hacer la cancelación con motivo 02, cancela la Factura A (original) y la Factura B (la que sustituye a la A) selecciona el motivo 02. Se genera la Factura C, la cual, debe incluir la clave 04 “Sustitución de CFDI previos” y el folio fiscal de la Factura A. Recuerda conservar el acuse de solicitud de cancelación de CFDI.

Te recomendamos ver en nuestro canal de YouTube un video en donde se aclaran otras dudas relacionadas a la Reforma Fiscal 2022. También puedes consultar el portal del SAT para información actualizada.

Conclusión

Esperamos que este artículo haya sido de ayuda. Sabemos que como dueño de un negocio, es importante estar al día con las nuevas reformas y tener la tranquilidad de que tu empresa cumple con las disposiciones fiscales, especialmente en temas como la cancelación de facturas y CFDI 4.0.

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