La CURP: el corazón de nuestra identidad

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Si has escuchado hablar de la nueva CURP biométrica, es porque ya es oficial. El 16 de julio del 2025, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a la Ley General de Población que le dan vida a este nuevo documento.

Pero, ¿qué significa todo esto para ti? ¡No te preocupes! Aquí te desglosamos los puntos clave para que le entiendas como si fuera la receta de un tamal.

La base de todo: la CURP de siempre

Para entender la nueva CURP, primero hay que conocer su origen legal. Nos vamos rapidito a la Ley General de Población, la cual establece que la Secretaría de Gobernación es la responsable de llevar un registro de todos los mexicanos y extranjeros residentes. El propósito es claro: certificar y acreditar la identidad de cada persona.

¿Vamos bien? Bueno, seguimos...

El Artículo 91 de esta ley reafirma que la CURP es la fuente única de identidad en México desde 1992. Así que, para evitar malos entendidos, esto ya existía mucho tiempo atrás. Contiene, además de su secuencia de 18 carácteres, datos básicos como:

  • Nombres y apellidos
  • Fecha de nacimiento
  • Sexo
  • Lugar de nacimiento
  • Nacionalidad

Si, ya vamos a lo bueno, sigue leyendo plis...

La CURP evoluciona: llegan los datos biométricos

Aquí es donde viene el cambio más importante y lo que ha generado más conversación. El nuevo Artículo 91 Bis establece que la CURP incluya huellas dactilares y fotografía y (que porfin) será considerada el documento nacional de identificación obligatorio en todo el país.

Esta reforma nació por una necesidad crucial: la localización de personas desaparecidas. Es triste pero cierto.

La idea es que al vincular los datos biométricos con un registro nacional, se podría emitir una alerta si una persona con reporte de desaparición hace uso de su CURP en alguna institución, como un centro de salud por ejemplo.

¿Y qué pasará con mi INE?

Bueno, primero, lo primero. El concepto real. Rapidito te cuento.

La credencial para votar, emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), tiene como función principal y legal permitir a los ciudadanos mexicanos ejercer su derecho al voto.

Por extensión y uso común a lo largo de los años, se convirtió en un instrumento de identificación oficial, aunque ese no fuera su objetivo principal.

Considerando esto, México no tenía un documento cuya única función fuera la identificación ciudadana.

La CURP siempre ha sido el documento más fundamental en México, ya que se asigna desde el nacimiento. A diferencia del INE, que se obtiene a los 18 años, la CURP abarca toda la vida de una persona. La CURP biométrica viene a potenciar esta función, convirtiéndola en un documento infalsificable y mucho más seguro.

Además, la CURP biométrica, al ser un documento de identificación oficial, no tiene una fecha de vencimiento. A diferencia de otros documentos como el pasaporte o la credencial para votar, que deben renovarse periódicamente, la CURP biométrica es un registro de identidad permanente.

Y para muestra un botón:

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La CURP BIOMÉTRICA será obligatoria en el 2026.

La respuesta corta y precisa es no. El decreto establece que la CURP es un documento de identificación obligatoria por sí misma, esta se tramita en el Registro Civil y debes tenerse desde hace mucho.

En cuanto a la incorporación de los datos biométricos, el artículo 91 Bis establece que esto solo realizará una vez que el titular, o sea tú, hayas dado la aprobación.

"La integración de los datos biométricos se realizará, previo consentimiento de las personas titulares", se lee en dicho artículo.

Además, la propia presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha declarado en múltiples ocasiones que el trámite de este documento no es obligatorio.

La obligatoriedad aplica para las instituciones y entidades en México. Tanto escuelas, bancos e instituciones públicas, por ejemplo, deberán aceptarla como una identificación oficial tanto en trámites como en servicios.

https://www.milenio.com/comunidad/curp-biometrica-2026-cuando-sera-obligatoria-en-mexico

Por ahora, este trámite está en un periodo de prueba en Veracruz, así como en algunos módulos de la CDMX y el Estado de México.

¿Te animas a tramitarla? Pues necesitas llevar los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento certificada y actualizada.
  • Identificación (INE o pasaporte).
  • CURP tradicional validada ante el Registro Nacional de Población.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
  • Correo electrónico activo.
Aquí entre nos, tengo la misión de ir por mi CURP biométrica antes de que se arme el caos. Sé que cuando el trámite sea obligatorio, será como una olla de tamales hirviendo en un día de calor: filas infinitas, citas que nunca llegan y un sinfín de trámites...¡Debo ser valiente y enfrentar esta aventura muy pronto!

¡Olvídense de mis planes! Vinieron a aprender, no a chismear, así que sigamos.

Aquí en El Tamal Tecnológico se nos ocurrió una pregunta bien curiosa: ¿cómo van a manejar la biometría con los más pequeños, como los bebés?

Y, ¿qué hay de la gente con alguna discapacidad? ¿Habrá un camino más fácil o soluciones especiales para ellos?

Inclusión: ¿Qué pasa con los menores y personas con discapacidad?

El Registro Nacional de Población (RENAPO) informó que niñas y niños menores de 5 años podrán contar con CURP biométrica, pero con datos reducidos. Es decir únicamente se añadirán la foto.

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Para tramitarla, los padres o tutores deberán tener su propia CURP biométrica, ya que la del menor estará vinculada a la de ellos.

Una vez que el niño cumpla 5 años, se podrá actualizar su documento para incluir huellas digitales e iris.

Y, ¿qué pasa con las personas con discapacidad?

La buena noticia es que la legislación mexicana y las políticas de inclusión buscan garantizar que nadie se quede atrás.

En México, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad prohíbe cualquier tipo de discriminación. Esto significa que el gobierno está legalmente obligado a proporcionar las herramientas y el apoyo necesarios para que las personas con discapacidad puedan acceder a sus documentos de identidad. El objetivo es que la CURP biométrica sea una identificación única e inclusiva, sin excepciones.

El sistema de la nueva CURP está diseñado para ser flexible:

  • Si una persona no tiene manos o dedos, el proceso se centrará en el escaneo del iris y la fotografía digital.
  • Se puede proponer el uso de tecnologías como el reconocimiento facial.
  • Un certificado médico de discapacidad también será una prueba válida para obtener la CURP sin necesidad de cumplir con todos los requisitos.
La CURP siempre ha sido como la masa madre de nuestra identidad aquí en México, ¡se nos asigna desde que nacemos!

La protección de tus datos: el punto clave

México ya cuenta con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que establece los principios básicos para el tratamiento de datos sensibles, incluyendo el consentimiento. Sin embargo, para la CURP biométrica, es fundamental fortalecer el marco legal con las siguientes medidas:

  • Sanciones más severas para el mal uso o la filtración de datos biométricos.
  • Transparencia sobre cómo se usan los datos y a quién se le otorgan permisos.
  • Regulación de terceros que prohíba a las empresas privadas la venta o transferencia de esta información.

Cerremos con un tamalito

Para que esta aventura de la CURP biométrica no se nos indigeste como un tamal mal cocido, hay dos ingredientes clave que no pueden faltar:

La receta secreta de las autoridades: Necesitamos que nos demuestren con acciones que este nuevo sistema es más seguro que el amarre de hoja de plátano en un tamal de mole. ¡Debemos poder confiar en sus medidas de seguridad!

El sazón de los ciudadanos: Es importante que nos pongamos las pilas y nos echemos un clavado en las leyes de México para saber qué onda. ¡Entre más informados estemos, más difícil será que nos tomen el pelo!

Así, esta CURP será el tamal perfecto: bien hecho, confiable y sin sorpresas desagradables en el centro.