declaración anual de asalariados

Declaración Anual de Asalariados y sus novedades

Obligaciones Fiscales
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Microsip

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¿Eres asalariado?... ¿Quieres saber sobre la declaración anual de asalariados? ¡Esto te interesa?

¿Qué es asalariado SAT?

En México, un asalariado se refiere a una persona que recibe un salario por su trabajo. El término "asalariado" se utiliza tanto en el ámbito fiscal como en el laboral para describir a aquellos trabajadores que perciben un salario regular a cambio de sus servicios.

En el ámbito fiscal mexicano, el régimen fiscal de los asalariados establece las disposiciones y obligaciones relacionadas con el pago de impuestos por parte de los trabajadores que reciben un salario. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México requiere que los asalariados obtengan una contraseña y una e.firma (firma electrónica) para acceder a los servicios electrónicos y firmar trámites en línea relacionados con sus obligaciones fiscales

En el contexto laboral, un trabajador asalariado en México es aquel que tiene una relación de trabajo subordinada, en la que el empleador ejerce control sobre las actividades laborales del empleado. Los trabajadores asalariados están protegidos por la legislación laboral y tienen derechos y beneficios como el pago de salarios mínimos, descanso semanal, vacaciones anuales, entre otros. Además, la remuneración periódica del trabajador asalariado constituye su principal fuente de ingresos y puede incluir pagos en especie como alimentación, vivienda y transporte.

Declaración asalariados: novedades

De acuerdo al Servicio de Administración Tributario (SAT), ahora ya no necesitas declarar si tus ingresos son sólo por salarios y no tienes deducciones que presentar, o como asalariado además obtuviste ingresos por intereses menores o de hasta por 20,000 pesos.

Además:
Si vas a presentar deducciones y tienes saldo a favor lo puedes declarar cuando quieras, en todo 2017. Hacienda te lo devuelve en cinco días.

Y ahora, ¡puedes declarar por teléfono!

  • Si tu saldo a favor no es mayor a 10,000 pesos.
  • Si percibiste ingresos exclusivamente por sueldos y salarios o de un solo patrón.
  • Si tienes como máximo 25 facturas para deducir.
  • Si tu correo electrónico está registrado ante el SAT.
  • Si tienes una cuenta Clabe registrada en declaraciones anteriores a tu nombre.

Modalidades para la declaración anual: asalariados

Si eres trabajador asalariado y no tienes otra actividad económica o ingresos adicionales la puedes realizar en el portal del SAT.

1. Modalidad con declaración propuesta (también en dispositivo móvil)

  • Ingresos por salarios, o bien con intereses inferiores a 1,000 pesos.
  • Con un solo empleador.
  • Con deducciones personales con facturas: Gastos médicos, gastos funerarios, primas por seguros de gastos médicos mayores, donativos y colegiaturas.
  • Con saldo a favor inferior a 10,000 pesos.
  • Presentaste tu Declaración Anual en 2013 o 2014.

2. Modalidad con precarga de ingresos y gastos

  • Si no existe propuesta o no la aceptas.
  • Puedes clasificar o agregar deducciones personales, como aportaciones complementarias de retiro, intereses reales.
  • Es necesario que hayas presentado declaración en 2013 o 2014.

3. Modalidad con precarga de ingresos solamente (para dispositivo móvil)

  • Incluye solamente tus ingresos.
  • La captura de las deducciones personales es libre; es una versión ya conocida, fácil de llenar.

Deducciones personales asalariados

Las deducciones personales para asalariados en México incluyen varios gastos que pueden ser disminuidos de los ingresos acumulables al presentar la Declaración Anual del ejercicio. Algunas de las deducciones personales para asalariados son las siguientes:

1. Salud

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, siempre y cuando sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis y estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Estos gastos por salud son deducibles cuando se realizan para el contribuyente, su cónyuge o concubino/a, sus padres, abuelos, hijos y nietos.

2. Educación

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios, desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente. Los montos varían según el nivel educativo y existen límites anuales de deducción establecidos.
  • El beneficio se aplica al monto mayor de los dos niveles educativos si se realizan pagos por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles en un mismo ejercicio fiscal.
  • No se pueden deducir las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción.

3. Otros

  • Gastos funerarios de cónyuge o concubino/a, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre y cuando se cuente con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios destinados a la casa habitación del contribuyente.

Es importante tener en cuenta que estas deducciones están sujetas a ciertos requisitos y limitaciones. Para obtener más información detallada sobre las deducciones personales de asalariados, es recomendable consultar la legislación fiscal vigente y visitar el portal del SAT.

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Fuente: Gob.mx