En enero pasado, fue presentado por parte del Gobierno de nuestro país, un documento denominado Plan México. Este Plan contiene una estrategia nacional con el objetivo de fortalecer la industria nacional, generar empleo y promover el desarrollo por medio de inversiones y relocalización por los siguientes años hasta 2030.
El Plan México persigue los siguientes objetivos y estrategias:
En relación con lo anterior, el 21 de enero de 2025, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia del citado Plan México, para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual y fomenten la innovación.
El objetivo de estos estímulos es promover la participación de empresas tanto nacionales como extranjeras en las cadenas de valor dentro de las actividades productivas en nuestro país.
Este estímulo consiste en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo adquiridos desde la entrada en vigor del decreto hasta el 30 de septiembre de 2030, para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR)
Este estímulo pueden aplicarlo las personas morales del régimen general de la Ley del ISR y de RESICO, además de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
Para poder aplicar el estímulo, los contribuyentes antes mencionados deberán cumplir con lo siguiente:
Para efectos del IVA, la deducción inmediata se considerará erogación deducible para fines de ISR, y por lo tanto el impuesto será acreditable.
La deducción inmediata se determinará conforme a unos porcentajes de deducción dependiendo del tipo de bienes de activo fijo.
Quienes se dediquen a dos o más actividades deben aplicar el porcentaje que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido la mayor parte de sus ingresos.
Mediante este estímulo se establece una deducción adicional del 25% del incremento en gastos de:
Para determinar el estímulo se considerará el incremento que resulte de comparar el gasto del ejercicio con el promedio de los últimos tres ejercicios fiscales. Si en algún año no se realizaron gastos en estos conceptos, el promedio también se determina.
Para poder aplicar el estímulo, los contribuyentes que se interesen deberán cumplir con lo siguiente:
No podrán aplicar los estímulos fiscales los siguientes contribuyentes:
Para la adecuada aplicación de los estímulos fiscales antes mencionados, el SAT está facultado para emitir reglas de carácter general en la Resolución Miscelánea Fiscal, por lo que es importante estar atentos a las mismas en adición a lo establecido en el propio Decreto.