Asociaciones Religiosas SAT

Las Asociaciones Religiosas ante el SAT

Obligaciones Fiscales
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Germán Madero Ruiz

Tabla de contenido

¿Las iglesias pagan impuestos en México?

La respuesta corta es: sí, pero no en todos los casos.

Las asociaciones religiosas tienen un tratamiento fiscal especial ante el SAT, lo que significa que no pagan impuestos por ciertos ingresos, pero sí tienen obligaciones fiscales específicas.

En este artículo te explicamos cómo funcionaba este esquema con base en las disposiciones vigentes en 2014 y 2015.

¿Las iglesias pagan impuestos en México?

En México, las iglesias y asociaciones religiosas están reguladas por:

  • La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
  • El Código Fiscal de la Federación
  • La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)

Generalmente, tributan como Personas Morales con Fines no Lucrativos.

Esto implica que:

  • No pagan ISR por donativos destinados a su actividad religiosa
  • Sí pagan impuestos cuando realizan actividades comerciales

Es decir, las iglesias no están completamente exentas de impuestos.

¿Cuándo las iglesias sí pagan impuestos?

Las asociaciones religiosas deben pagar impuestos cuando:

  • Realizan actividades comerciales (venta de productos, renta de inmuebles, etc.)
  • Generan ingresos fuera de su objeto religioso
  • Distribuyen recursos entre sus integrantes fuera de lo permitido

Además, deben cumplir con obligaciones fiscales como cualquier contribuyente.

Obligaciones fiscales de las iglesias ante el SAT (2014)

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal publicada el 8 de mayo de 2014, las asociaciones religiosas adquirieron nuevas obligaciones.

A partir del 1 de septiembre de 2014, debían:

Facturación y comprobantes: cambios clave

Según la regla I.2.7.1.22, las asociaciones religiosas debían:

  • Emitir comprobantes fiscales simplificados
  • Generar un CFDI global

Esto incluía ingresos como:

  • Diezmos
  • Ofrendas
  • Donativos en colectas

Incluso cuando no fuera posible identificar al donante.

Declaraciones fiscales de las iglesias (2015)

A partir del 15 de febrero de 2015, las asociaciones religiosas debían presentar la Declaración Informativa Múltiple (DIM), incluyendo:

  • Sueldos y salarios
  • Retenciones de ISR e IVA
  • Información de donativos

También debían:

  • Presentar declaraciones mensuales de retenciones (antes del día 17)
  • Reportar operaciones con terceros
  • Mantener actualizada su información en el SAT

Resumen: obligaciones fiscales de las iglesias

Aunque muchas personas creen que no pagan impuestos, la realidad es más compleja.

Las asociaciones religiosas deben:

  • Llevar contabilidad
  • Emitir comprobantes fiscales
  • Presentar declaraciones
  • Reportar ingresos y egresos
  • Cumplir con el SAT de forma regular

¿Los ministros de culto pagan impuestos?

No en todos los casos.

Si los ingresos que reciben están contemplados dentro de los estatutos de la asociación religiosa y no exceden ciertos límites (como tres veces el salario mínimo en ese momento), no pagan ISR.

Sin embargo, si superan ese monto, sí deben pagar impuestos por el excedente.

¿Todas las iglesias pagan impuestos igual?

Sí.

En México no existe un régimen fiscal exclusivo para una religión.

Tanto la Iglesia Católica como otras denominaciones (evangélicas, protestantes, etc.):

  • Están sujetas a las mismas leyes
  • Deben cumplir las mismas obligaciones fiscales

La diferencia está en su estructura y tamaño, no en el régimen fiscal.

Conclusión: ¿las iglesias pagan impuestos?

Sí, pero depende del tipo de ingreso.

  • No pagan ISR por donativos destinados a su actividad religiosa
  • Sí pagan impuestos cuando realizan actividades económicas adicionales

Además, deben cumplir con múltiples obligaciones fiscales ante el SAT.

Fundamento legal (2014)

Esta información se basa en disposiciones vigentes en ese momento, incluyendo:

  • Resolución del SAT del 8 de mayo de 2014
  • Artículo 9, fracción II de la Ley del IVA
  • Oficio 600-04-01-2014-02800