SAT declaración anual

¿Listo para presentar tu declaración anual al SAT?

¿Estás listo para presentar tu declaración anual al SAT?

Obligaciones Fiscales
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La fecha límite para presentar la declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se acerca y aquí te presentamos información que debes considerar.

¿Qué es la declaración anual?

La declaración es un informe que se presenta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el cual se le notifican las acciones realizadas en el año fiscal anterior, es decir, en este 2023 se debe declarar lo del 2022.

¿Cuándo se debe presentar la declaración anual?

Hay dos fechas estipuladas según el tipo de figura que seas, las Personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo, mientras que las Personas físicas pueden presentar su declaración hasta el 30 de abril.

¿Quién presenta la declaración?

Tanto las Personas físicas como morales deben presentar esta declaración anual. El SAT define estas figuras de la siguiente manera:

Persona física:

Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones.

Persona moral:

Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

En el caso de las Personas Físicas:

Declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

* Sueldos y Salarios:

  • De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.

* Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

* Actividades empresariales, incluyendo:

  • Plataformas tecnológicas.
  • Actividades empresariales en la región fronteriza.
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

*Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).

* Reciben intereses o dividendos.

* Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.

* Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

Personas físicas que NO están obligadas a declarar:

  • Las que obtuvieron ingresos por salarios* de un solo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio.
  • Las que obtuvieron ingresos totales por salarios* de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.
  • Las que obtuvieron ingresos por salarios* de un solo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo del contribuyente en la declaración anual, el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio.

Puedes revisar toda la información en el sitio habilitado por el SAT

Para las Personas morales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó el aplicativo por medio del cual las personas morales presentan su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta.

Entre los cambios más importantes están:  

  1. Se incrementa el detalle con el que se presentarán las cuentas que integran los estados financieros, apegándose aún más a lo señalado en la normatividad financiera vigente.
  2. Se presentan comparativamente las cifras del ejercicio actual con respecto a las manifestadas en la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.
  3. Se incorporan dos nuevos apartados: el estado de cambios en el capital contable y el estado de flujo de efectivo.
  4. En cada estado financiero se agregan campos en los que el contribuyente podrá incluir notas aclaratorias.

Esto significa que  deberás presentar la comparativa en los estados financieros del 2022 y del 2021, los estados de flujo de efectivo y cambios en el capital contable.

Consejos para preparar tu declaración

  • No lo dejes para el último día, considera que pueden surgir imprevistos y también toma en cuenta que la página del SAT puede saturarse en el último día.
  • Acércate a un experto que despeje tus dudas.
  • Haz un análisis con lo declarado en 2021 antes de enviar la información para que coincida con lo reportado en la comparativa y evitar diferencias en el SAT.
  • Si aún no cuentas con un sistema contable en tu empresa, te recomendamos  nuestro módulo de Contabilidad electrónica, el cual hará tus procesos más ágiles.

Recuerda que Microsip es un ERP que cuenta con 14 módulos que se conectan entre sí, con el fin de optimizar las áreas operativas y administrativas y así, maximizar el potencial de tu empresa.