SAT declaración anual

SAT declaración anual: ¿Estás listo para presentarla?

Obligaciones Fiscales
/
Microsip

Tabla de contenido

La fecha límite para presentar la declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se acerca y aquí te presentamos información que debes considerar.

¿Qué es la declaración anual del SAT? ¿Para qué sirve la declaración anual?

La declaración anual es un informe que se presenta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el cual se le notifican las acciones realizadas en el año fiscal anterior. Es decir, en este 2024 se debe declarar lo del 2023. La declaración anual sirve para cumplir con las obligaciones fiscales y, en algunos casos, para recibir una devolución de impuestos si se han hecho retenciones en exceso durante el año.

Declaración anual: ¿Cuándo se presenta?

Hay dos fechas estipuladas según el tipo de figura que seas:

  • Las Personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo.
  • Las Personas físicas pueden presentar su declaración hasta el 30 de abril.

¿Quiénes presentan declaración anual?

Las personas obligadas a presentar declaración anual son tanto las Personas físicas como morales. La autoridad fiscal define estas figuras de la siguiente manera:

  • Persona física: Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), con derechos y obligaciones.
  • Persona moral: Es el conjunto de personas físicas que se unen para la realización de un fin colectivo. Son entes creados por el derecho y tienen capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

SAT declaración anual Personas Físicas:

Personas físicas deben presentar declaración anual si recibieron ingresos por:

* Sueldos y Salarios:

  • De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.

* Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

* Actividades empresariales, incluyendo:

  • Plataformas tecnológicas.
  • Actividades empresariales en la región fronteriza.
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

* Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).

* Reciben intereses o dividendos.

* Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.

* Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

Personas físicas que NO están obligadas a declarar:

  • Las que obtuvieron ingresos por salarios* de un solo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio.
  • Las que obtuvieron ingresos totales por salarios* de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.
  • Las que obtuvieron ingresos por salarios* de un solo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo del contribuyente en la declaración anual, el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio.

Puedes revisar toda la información en el sitio habilitado por el SAT

SAT declaración anual: Personas morales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el 4 de enero de 2024, a través de su sitio web, una comunicación detallando las actualizaciones y mejoras para la presentación de la declaración anual 2023 de personas morales. Entre los cambios destacados mencionados por la autoridad se encuentran:

  1. Ahora es posible incorporar las pérdidas fiscales por amortizar que no estén visibles en el formulario, provenientes de los ejercicios 2013 a 2021.
  2. Se han añadido las primeras y segundas actualizaciones de la pérdida fiscal por amortizar, si se generaron en 2022.
  3. Se han eliminado del formato el estado de flujo de efectivo y el estado de cambios en el capital contable.
  4. Se pre-cargará la información de los estados financieros presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  5. Se ha agregado un campo para incluir la deducción inmediata, conforme al decreto de relocalización (nearshoring) y el decreto que concede beneficios fiscales para contribuyentes en las áreas afectadas por el huracán Otis.
  6. Se ha reducido el formato de impresión para facilitar la identificación de ciertas deducciones.
  7. Se ha renovado el formato de los estados financieros para proporcionar una visualización más clara de los datos del contribuyente.

Finalmente, se enfatiza la importancia de contar con e.firma y estar al día con las declaraciones de pagos provisionales, así como las declaraciones anuales de impuesto sobre la renta de ejercicios anteriores, entre otros requisitos, para poder enviar la declaración de manera oportuna.

Consejos para preparar tu declaración

  • No lo dejes para el último día, considera que pueden surgir imprevistos y también toma en cuenta que la página del SAT puede saturarse en el último día.
  • Acércate a un experto que despeje tus dudas.
  • Si aún no cuentas con un sistema contable en tu empresa, te recomendamos  nuestro módulo de Contabilidad electrónica, el cual hará tus procesos más ágiles.

Recuerda que Microsip es un ERP que cuenta con 14 módulos que se conectan entre sí, con el fin de optimizar las áreas operativas y administrativas y así, maximizar el potencial de tu empresa.