Cada año en México, se aproxima el periodo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades 2023 de las Empresas (PTU), un derecho conocido como el reparto de utilidades. Sin embargo, no todas las empresas cumplen con esta prestación obligatoria.
En este artículo, exploraremos los puntos esenciales que debes conocer sobre este proceso. Desde qué es el reparto de utilidades y quiénes tienen derecho a él, hasta cómo calcular el reparto de utilidades y cuáles son las consideraciones importantes. También te proporcionaremos información sobre la nueva ley de reparto de utilidades a partir de 2021 y los plazos para pagos y cobros. ¡Sigue leyendo para obtener una comprensión completa de este importante aspecto de la relación laboral en México!
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores y que se establece en el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual indica que “todos los trabajadores que presten a una persona física o persona moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran”. El reparto de utilidades es la retribución al esfuerzo productivo del trabajador.
¿Es obligatorio el reparto de utilidades? ¿Cómo saber si me tocan utilidades 2023? Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón tienen derecho a recibir el pago de utilidades 2023. Sin embargo hay algunas excepciones.
De acuerdo a la legislación laboral, el esquema no aplica para:
Lo deben de dar las empresas, ya sea persona física o moral, cuyas utilidades fueron de 300,000 pesos o más, según su declaración fiscal.
Se exenta del reparto de utilidad a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, a las empresas cuyo capital sea menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, instituciones de asistencia privada o de beneficencia y empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual a la fecha equivale al 10% de las utilidades netas. La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
En el caso particular de los trabajadores de confianza que no sean directores, administradores ni gerentes generales, se tomará como salario tope, base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20% al salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año.
Para los colaboradores al servicio de una sola persona física, el monto de las utilidades no podrá exceder de un mes de salario.
Te recomendamos utilizar la siguiente calculadora para estimar el monto correspondiente de PTU.
Solamente se considera el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como horas extras, gratificaciones, primas u otros ingresos derivados del trabajo. En situaciones en las que el salario sea variable, se utilizará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido a lo largo del año.
El reparto de utilidades, así como otras asignaciones consideradas como ganancias para los empleados, están sujetas al Impuesto Sobre la Renta (ISR) y deben ser respaldadas con un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina que certifique el pago a cada trabajador. Sin embargo, si el PTU es igual o menor a 15 UMAs, el pago quedaría exento de impuestos.
Estos abarcan los días en los cuales el empleado efectivamente labora, así como aquellos en los que, según lo estipulado por la legislación vigente, contratos individuales o colectivos de trabajo, y el reglamento interno de la empresa, el trabajador recibe su salario aun cuando no desempeñe sus labores. Esto incluye situaciones como:
Los días de incapacidad por enfermedad general o las faltas injustificadas, no se consideran para el reparto.
¿De qué fecha a qué fecha son las utilidades? La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recomienda a las empresas que la fecha en que deba pagarse a sus colaboradores sea entre el 1 de abril y el 30 de mayo, mientras que las personas físicas del 1 de mayo al 29 de junio; sin embargo, el pago puede efectuarse dentro de los 60 días siguientes de haber presentado la declaración anual aún cuando esté en trámite.
El colaborador tiene plazo de un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación. Sin importar si ya no trabaja ahí o si su contrato fue por obra o tiempo determinado y puede acudir a la Profedet para recibir asesoría gratuita.
Fuente: Profedet
Se aplican las siguientes consideraciones:
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo anima a las empresas y empleadores a cumplir con el Reparto de Utilidades de manera oportuna, ya que el incumplimiento puede resultar en multas que oscilan entre 50 y 5000 salarios mínimos actuales, tal como establece la Ley Federal del Trabajo.
En 2021 se fijó un tope de PTU en el monto de distribuir entre los trabajadores en dos posibilidades: el equivalente a 3 meses de sueldo (90 días) o el promedio del PTU recibido en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para la persona trabajadora. Las utilidades bajo esta nueva reforma serán las que se repartan a partir de 2022, ya que entró en vigor a partir de 2021. Para más información te recomendamos revisar el artículo 127, fracción III de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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