Cambios del SAT para la facturación electrónica

Cambios del SAT para la Facturación Electrónica

Obligaciones Fiscales
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Microsip

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El pasado 6 de mayo, el SAT publicó una nueva regla para los contribuyentes que expiden facturas. Ha creado un catálogo de métodos de pago que se describen al final, en donde se especifica el código que tendrá cada una de las diferentes formas de pago.

La obligación consiste en asignar dicho código cuando la contraprestación haya sido pagada antes de la expedición del CFDI o cuando es pagada en el momento que se está expidiendo.

Esta nueva regla entra en vigor a partir del 15 de julio de 2016 y afecta a los sistemas de Ventas, Punto de Venta y Cuentas por Cobrar de Microsip.

Abajo, la transcripción directa del Diario Oficial de la Federación.

DOF – Viernes 6 de Mayo de 2016

SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.

Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales

2.7.1.32. Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, la expresión NA o cualquier otra análoga, en lugar de los siguientes requisitos:

I.  Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

II. Domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.

III. Forma en que se realizó el pago.

Los contribuyentes podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos.

La facilidad prevista en la fracción III de esta regla no será aplicable en los casos siguientes:

a) En las operaciones a que se refiere la regla 3.3.1.37.

b) En los actos y operaciones que establece el artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y;

c) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo.

                         Tratándose de los supuestos previstos en los incisos antes señalados, los contribuyentes deberán consignar en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago, de conformidad con el catálogo publicado en el Portal del SAT.

                         CFF 29-A, Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita 32, 33, RMF 2016 3.3.1.37.

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