Con el objetivo de mejorar el control tributario y resolver las incidencias del modelo actual de facturación electrónica, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó algunas modificaciones a su actual CFDI. Te invitamos a conocer qué es y los cambios más relevantes del CFDI versión 3.3.
CFDI 3.3 significa "Comprobante Fiscal Digital por Internet" versión 3.3, y es un estándar establecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México para la emisión de facturas electrónicas. Este estándar establece los requisitos y especificaciones técnicas que deben seguir los contribuyentes para generar y emitir comprobantes fiscales electrónicos de manera válida y conforme a la normativa fiscal mexicana.
Para ser coherentes con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, se invertirán los datos que se deben asignar como "Método de pago" y "Forma de pago". En la versión 3.2 la "Forma de pago" es un texto donde se indica si la operación fue pagada como "Pago en una sola exhibición" o en parcialidades como "Parcialidad 1 de X". En la versión 3.3 su valor deberá corresponder a una clave del catálogo de "Formas de pago"; ejemplo: "01" Efectivo, "02" Cheque nominativo, etc.
En la versión 3.3 se agregará un nuevo elemento llamado "CFDI relacionados" que deberá utilizarse para indicar la relación que existe entre el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) que se emite con algún otro CFDI certificado anteriormente.
El tipo de relación se determinará asignando la clave correspondiente del catálogo de "Tipos de relación entre CFDI", y agregando los folios fiscales (UUID) relacionados. Por ejemplo, al emitir una nota de crédito (CFDI de egreso) se deberá indicar la relación "01" Nota de crédito de los documentos relacionados, incluyendo además los correspondientes UUID de las facturas a las cuales aplica dicha nota de crédito.
Un cambio muy importante que trae esta nueva versión es que para poder emitir comprobantes con importes grandes, con un tipo de cambio fuera del rango establecido o con ambos casos, se deberá asignar una "Clave de confirmación". Esta clave de confirmación deberá solicitarse al Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), la cual deberá agregarse como dato adicional al comprobante para que pueda certificarse. El procedimiento de confirmación no será automático, de forma manual el emisor del comprobante deberá confirmar con el PAC.
A cada concepto del comprobante se le deberá indicar su clave de "Producto o servicio" estandarizada de acuerdo al catálogo de "Productos / servicios".
La forma en la que se integrarán las claves de este catálogo será la siguiente:
Para indicar la clave que corresponde a la descripción del bien o servicio de cada concepto del comprobante, se podrán clasificar los conceptos hasta el tercer nivel de la clave, es decir, hasta la clase.
Los catálogos a utilizar para el llenado de los datos del CFDI serán:
Cabe recordar que la autoridad fiscal anunció una facilidad que indica que el uso del CFDI versión 3.3 será obligatorio a partir del 1º de diciembre de 2017.
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Fuentes: