La digitalización de los documentos que amparan las transacciones de compra venta en México, han incrementado de forma considerable la recaudación de impuestos.
Al SAT le ha funcionado su disposición de no reconocer los egresos de los contribuyentes si no son amparados por comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), con todos sus requisitos: XML, sello digital, timbre fiscal, etc. De esta manera, al obligar al receptor, obliga a sus proveedores y acreedores a cumplir con todos los reglamentos.
La misma estrategia de apretar a las personas físicas a solicitar recibos a médicos, laboratorios, clínicas y hospitales para deducirlos de sus impuestos personales que llevó al sector salud a rendir cuentas, le ha funcionado para hacer entrar en cintura a miles de pequeñas empresas que ofrecen productos y servicios a las empresas mayores, generalmente más reguladas.
La última novedad, el último amarre, es el decreto anunciado el 6 de mayo, que obliga al emisor de un documento electrónico que ampare un ingreso, a indicar la forma de pago que se está usando. Para ello, el SAT ha definido un catálogo de formas de pago de donde se tomará al menos una opción para asentarla en el documento.
Esta nueva regla, inicialmente entraría en vigor el 6 de mayo, pero fue prorrogada para el 15 de julio de este año. Se aplicará en todas las ocasiones que al documento preceda un pago anticipado. También, cuando la emisión y el pago se realicen en el mismo momento.
Una vez más, el responsable de tener sus comprobantes en orden será el receptor. Haciendo presión a los contribuyentes que cotidianamente le expiden documentos para amparar las operaciones normales de su actividad.
El SAT podrá desconocer al receptor movimientos efectuados de compras o gastos si no tiene cuidado de solicitar comprobantes que cumplan este nuevo requisito, más los que se acumulen.
Anunciado en el portal del SAT el 3 de junio de 2016
01 Efectivo
02 Cheque nominativo
03 Transferencia electrónica de fondos
04 Tarjeta de crédito
05 Monedero electrónico
06 Dinero electrónico
08 Vales de despensa
28 Tarjeta de débito
29 Tarjeta de servicio
99 Otros
Sustento legal: Regla 3.3.1.37 publicada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el Diario Oficial de la federación, el 6 de mayo, de 2016.
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