catálogo de formas de pago

Catálogo de formas de pago: un amarre adicional

Obligaciones Fiscales
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La digitalización de los documentos que amparan las transacciones de compra venta en México, han incrementado de forma considerable la recaudación de impuestos.

Al Servicio de Administración Tributaria (SAT) le ha funcionado su disposición de no reconocer los egresos de los contribuyentes si no son amparados por comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), con todos sus requisitos: XML, sello digital, timbre fiscal, etc. De esta manera, al obligar al receptor, obliga a sus proveedores y acreedores a cumplir con todos los reglamentos.

La misma estrategia de apretar a las personas físicas a solicitar recibos a médicos, laboratorios, clínicas y hospitales para deducirlos de sus impuestos personales que llevó al sector salud a rendir cuentas, le ha funcionado para hacer entrar en cintura a miles de pequeñas empresas que ofrecen productos y servicios a las empresas mayores, generalmente más reguladas.

Catálogo de formas de pago SAT

La última novedad, el último amarre, es el decreto anunciado el 6 de mayo, que obliga al emisor de un documento electrónico que ampare un ingreso, a indicar la forma de pago que se está usando. Para ello, el SAT ha definido un catálogo de formas de pago de donde se tomará al menos una opción para asentarla en el documento.

¿Qué es forma de pago?

Se refiere a un código numérico que identifica el medio o método utilizado para realizar un pago. Esta información es utilizada en los comprobantes fiscales (facturas) para indicar cómo se efectuó el pago de un bien o servicio.

¿Cuándo entra en vigor el catálogo de formas de pago?

Esta nueva regla, inicialmente entraría en vigor el 6 de mayo, pero fue prorrogada para el 15 de julio de este año. Se aplicará en todas las ocasiones que al documento preceda un pago anticipado. También, cuando la emisión y el pago se realicen en el mismo momento.

Una vez más, el responsable de tener sus comprobantes en orden será el receptor. Haciendo presión a los contribuyentes que cotidianamente le expiden documentos para amparar las operaciones normales de su actividad.

¿Hay sanción al incumplimiento?

El SAT podrá desconocer al receptor movimientos efectuados de compras o gastos si no tiene cuidado de solicitar comprobantes que cumplan este nuevo requisito, más los que se acumulen.

Catálogo de formas de pago SAT oficial

Anunciado en el portal del SAT el 3 de junio de 2016

Forma de pago 01 Efectivo

Forma de pago 02 Cheque nominativo

Forma de pago 03 Transferencia electrónica de fondos

Forma de pago 04 Pagos con tarjeta de crédito

Forma de pago 05 Monedero electrónico

Forma de pago 06 Dinero electrónico

Forma de pago 08 Vales de despensa

Forma de pago 28 Tarjeta de débito

Forma de pago 29 Tarjeta de servicio

Forma de pago 99 Otros

Sustento legal: Regla 3.3.1.37 publicada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el Diario Oficial de la federación, el 6 de mayo, de 2016.

¿Cuál es la diferencia entre forma de pago y método de pago?

Las diferencias entre forma y método de pago pueden resultar confusas, pero en realidad son bastante simples de entender. Mientras que la forma de pago se refiere a la manera en que se efectuó el pago por un bien, el método de pago se relaciona con el momento en que se realizó.

En otras palabras, el método de pago puede variar dependiendo de si se realizó en una sola transacción o en pagos parciales. Esta diferenciación es bastante clara:

  • La forma de pago se refiere a cómo se liquida la transacción.
  • El método de pago se refiere al momento en que se liquida la transacción.

Catálogo de Método de pago SAT

A continuación te compartimos el catálogo de Método de pago del SAT:

Método de pago 01 Efectivo
Método de pago 02 Cheque
Método de pago 03 Transferencia
Método de pago 04 Tarjetas de crédito
Método de pago 05 Monederos electrónicos
Método de pago 06 Dinero electrónico
Método de pago 07 Tarjetas digitales
Método de pago 08 Vales de despensa
Método de pago 09 Bienes
Método de pago 10 Servicio
Método de pago 11 Por cuenta de tercero
Método de pago 12 Dación en pago
Método de pago 13 Pago por subrogación
Método de pago 14 Pago por consignación
Método de pago 15 Condonación
Método de pago 16 Cancelación
Método de pago 17 Compensación
Método de pago 98 “NA”
Método de pago 99 Otros

¿Cómo indicar el método de pago y la forma de pago en la factura?

En el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), es necesario indicar tanto el Método como la Forma de Pago, ya que es un requisito obligatorio. Aquí te presentamos una guía para ayudarte en este proceso:

  • Si el pago se realizó en el momento de la transacción, debes elegir el método de pago PUE (Pago en Una sola Exhibición).
  • Selecciona la Forma de Pago adecuada, evitando usar las claves 30 (anticipo) y 99 (por definir).
  • En caso de que el pago se efectúe posteriormente, utiliza la opción método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido).
  • Para la clave de Forma de Pago en el caso de PPD, utiliza el código 99 (por definir).

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