Complemento de recepción de pagos

Nuevo complemento de recepción de pagos

Obligaciones Fiscales
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Microsip

De acuerdo a la autoridad fiscal, a partir del 1º de diciembre de 2017 será obligatorio el uso de un nuevo tipo de comprobante fiscal digital por internet (CFDI) llamado el “Complemento de recepción de pagos”.

¿Para qué sirve el complemento de recepción de pagos?

El nuevo complemento ayudará a evitar cancelaciones indebidas de facturas, falsas duplicidades de ingresos en facturación de parcialidades y a saber si una factura ha sido o no pagada. Este documento que soportará cada pago recibido es el equivalente al que actualmente se utiliza para documentar los pagos en parcialidades.

La Resolución Miscelánea Fiscal vigente establece que el “Complemento de recepción de pagos” deberá incorporarse a la factura para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición (parcialidades) o bien cuando al momento de expedir el CFDI no se reciba el pago de la contraprestación (pago diferido).

Estos son los pasos que los contribuyentes deberán realizar:

1. Cuando el pago sea en parcialidades

a) Emitir el CFDI por el total de la operación al momento en que se realice.

b) Posteriormente emitir un CFDI por cada pago que se reciba, incorporando el “Complemento de recepción de pagos”, detallando la cantidad que se recibe e identificando la(s) factura(s) cuyo saldo se liquida.

2. Cuando el pago sea diferido:

a) Emitir el CFDI por el total de la operación al momento en que se realice.

b) Cuando se reciba el pago, emitir un CFDI incorporando el “Complemento de recepción de pagos”, detallando la cantidad que se recibe e identificando la factura cuyo saldo se liquida.

¿Cuándo se debe emitir?

El CFDI con el nuevo comprobante deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos.

Cabe aclarar, que cuando ya se haya emitido al menos un CFDI que utilice el "Complemento de recepción de pagos" acreditando la contraprestación, el CFDI emitido por el total de la operación no podrá cancelarse, cualquier corrección deberá realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones.

Da clic aquí para conocer las novedades de este comprobante.

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