Complemento de pago 2.0

Complemento de pago del SAT

Obligaciones Fiscales
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De acuerdo a la autoridad fiscal, desde el 1º de diciembre de 2017 se hizo obligatorio el uso de un nuevo tipo de comprobante fiscal digital por internet (CFDI) llamado el “Complemento de recepción de pagos”. Después, en enero de 2022 se actualizó este complemento de factura a la versión 2.0.

En este artículo, hablaremos sobre el Complemento de Recepción de Pagos, qué es, qué hace y cómo los contribuyentes pueden implementarlo correctamente. También revisaremos los requisitos del SAT y los cambios en la versión 2.0 de este complemento, junto con su base legal.

¿Qué es el complemento de recepción de pagos?

El complemento de recepción de pagos es un componente utilizado en la facturación electrónica en México. Se trata de un comprobante que se adjunta a una factura electrónica y contiene información sobre los pagos recibidos en parcialidades o de manera diferida.

¿Para qué sirve el complemento de recepción de pagos?

El nuevo complemento ayudará a evitar cancelaciones indebidas de facturas, falsas duplicidades de ingresos en facturación de parcialidades y a saber si una factura ha sido o no pagada. Este documento que soportará cada pago recibido es el equivalente al que actualmente se utiliza para documentar los pagos en parcialidades.

La Resolución Miscelánea Fiscal vigente establece que el “Complemento de recepción de pagos” deberá incorporarse a la factura para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición (parcialidades) o bien cuando al momento de expedir el CFDI no se reciba el pago de la contraprestación (pago diferido).

Estos son los pasos que los contribuyentes deberán realizar:

1. Cuando el pago sea en parcialidades

a) Emitir el CFDI por el total de la operación al momento en que se realice.

b) Posteriormente emitir un CFDI por cada pago que se reciba, incorporando el “Complemento de recepción de pagos”, detallando la cantidad que se recibe e identificando la(s) factura(s) cuyo saldo se liquida.

2. Cuando el pago sea diferido:

a) Emitir el CFDI por el total de la operación al momento en que se realice.

b) Cuando se reciba el pago, emitir un CFDI incorporando el “Complemento de recepción de pagos”, detallando la cantidad que se recibe e identificando la factura cuyo saldo se liquida.

Complemento de pago: Fecha límite

El CFDI de pago deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos.

Cabe aclarar, que cuando ya se haya emitido al menos un CFDI que utilice el "Complemento de recepción de pagos" acreditando la contraprestación, el CFDI emitido por el total de la operación no podrá cancelarse, cualquier corrección deberá realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones.

Da clic aquí para conocer las novedades de este comprobante.

Requisitos del complemento de pago del SAT

Los requisitos básicos para el CFDI con Complemento de Recepción de Pagos son los siguientes:

  1. Emisor y receptor del pago: Deben estar registrados en el SAT y tener su situación fiscal regularizada.
  2. Fecha y hora del pago: Debe especificarse la fecha y hora exactas en que se recibió el pago.
  3. Método de pago: Se debe indicar el método mediante el cual se realizó el pago, como transferencia electrónica, cheque, tarjeta de crédito, entre otros.
  4. Número de operación: Es necesario proporcionar el número de operación o referencia que identifique la transacción de pago.
  5. Importe del pago: Se debe incluir el monto total del pago recibido, así como el desglose de los impuestos correspondientes.
  6. Información del CFDI relacionado: Se debe vincular el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) al que corresponde el pago.
  7. Sello digital: Es un conjunto de caracteres generado por el SAT que garantiza la autenticidad y validez del recibo electrónico de pago.

Complemento de pago 2.0

A partir del 1 de enero del 2022, se actualizó la versión del complemento de pagos a la versión 2.0, siendo obligatorio su uso a partir del 1 de abril de 2023.

Los principales cambios del complemento de pago 2.0 son:

  • Se incluyen nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados, expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.

Complemento de pago: Fundamento legal

Los fundamentos legales para el complemento de recepción de pagos son el Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A, la Regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y el Octavo transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal.

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