Complemento de Comercio Exterior 2.0

Complemento de Comercio Exterior 2.0

Obligaciones Fiscales
/
Microsip

Tabla de contenido

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó la versión 2.0 del Complemento de Comercio Exterior, la cual entró en vigor el 18 de enero de 2024. Conoce qué es el complemento de Comercio Exterior, los principales cambios de la versión 2.0 y quiénes están obligados a usarlo.

¿Qué es el complemento de Comercio Exterior del SAT?

El complemento de Comercio Exterior es una extensión de la factura electrónica o comprobante fiscal digital por internet (CFDI) diseñada para identificar a importadores y exportadores. Su objetivo es mejorar la descripción de las mercancías comercializadas por los contribuyentes que realicen diversas operaciones, como las clasificadas como "A1", importación definitiva de vehículos, entrada de mercancías extranjeras, salida de bienes del país e importación definitiva de mercancías.

Complemento para Comercio Exterior 2.0

Fechas importantes:

A partir del 18 de enero de 2024, el Complemento para Comercio Exterior 2.0 se integra la versión 4.0 del CFDI.

Desde el 1 de enero hasta el 18 de julio de 2022, el Complemento de Comercio Exterior 1.1 se integró con la versión 4.0 del CFDI en su revisión D.

Desde el 19 de julio de 2022 hasta el 17 de enero de 2024, el Complemento de Comercio Exterior 1.1 se incorporó con la versión 4.0 del CFDI en su revisión E y es obligatorio desde el 1 de abril de 2023.

Principales cambios:

Complemento para Comercio Exterior 2.0

Incorpora un grupo de funcionalidades, entre las que se encuentran:

  • Ajuste en el uso de los campos ClaveDePedimento, CertificadoOrigen, TipoCambioUSD y TotalUSD.
  • Eliminación de los campos TipoOperacion y Subdivision.
  • Ajuste en el uso del nodo Domicilio de la sección Emisor.
  • Ajuste en el uso del nodo Mercancías.
  • Ampliación del registro de decimales en los campos ValorUnitarioAduana y ValorDolares.

Complemento para Comercio Exterior versión 1.1

  • Se realizan ajustes y nuevas validaciones adicionales que el Proveedor de Certificación debe llevar a cabo para emitir el complemento con la versión del comprobante 4.0.

¿Quiénes están obligados a usar el complemento de comercio exterior 2.0?

  1. Contribuyentes involucrados en transacciones de comercio exterior: Esto abarca a todas las empresas y personas físicas que participan en la importación y exportación de bienes y servicios a través de las fronteras nacionales.
  2. Exportaciones definitivas con clave A1: Específicamente, el complemento de comercio exterior 2.0 se aplica a aquellos contribuyentes que realizan exportaciones definitivas, es decir, bienes que son enviados fuera del país de manera permanente y no están sujetos a retorno.
  3. Operaciones sujetas a enajenación según el Artículo 14 del Código Fiscal de la Federación: El artículo 14 del Código Fiscal de la Federación se refiere a las operaciones de enajenación, lo que implica la transferencia de la propiedad de bienes que son exportados.

Cumple con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma con Microsip

Te invitamos a conocer el ERP Microsip, un sistema administrativo mexicano para empresas familiares, con más de 35 años en el mercado, que cumple al 100% con SAT. Con él puedes emitir y cancelar facturas electrónicas CFDI 4.0, emitir el Complemento de Recepción de Pagos y el Complemento de Comercio Exterior, timbrar recibos de nómina electrónicos, llevar la Contabilidad Electrónica, entre otras funciones. Para más información visita www.microsip.com.